- Nueva figura jurídica del apercibimiento, como alternativa a la multa que podrá aplicar la AEPD en caso de infracciones leves o graves y el infractor no sea reincidente.
- Se rebaja el nivel de determinadas infracciones.
- Se amplía el número de criterios para tener en cuenta a la hora de imponer las sanciones.
- Se aumenta la cantidad mínima impuesta por sanciones leves que pasa a ser de 900 euros y a la vez se reduce la máxima hasta los 40.000 euros.
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Via: Tecnología Pyme